jueves, 25 de mayo de 2017

El caso colombiano

En la ley 550/99, el articulo 63 establecía: el gobierno nacional revisara las normas actuales en materia de contabilidad, auditoria, revisoría fiscal y divulgación de información, con el objetivo de ajustarlas a los parámetros internacionales y proponer al congreso las modificaciones pertinentes.



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